Con el real decreto, una persona que gane 35.001 euros anuales no tiene límite mensual de copago, mientras que una persona en situación irregular tiene un tope de 8,23 euros.
85% confianza
SanidadEspaña
Omisiones
El tope de 8,23 euros mensuales no es exclusivo de inmigrantes en situación irregular: se aplica igualmente a todos los trabajadores (españoles y extranjeros) con rentas inferiores a 17.999 euros anuales.
El RDL 11/2026 introduce por primera vez topes mensuales para rentas entre 18.000 y 35.000 euros (que antes no tenían ningún tope), reduciendo así la carga de copago para rentas medias y bajas españolas, no solo para inmigrantes.
La reforma reduce los porcentajes de aportación para rentas de 18.000 a 60.000 euros, beneficiando a cientos de miles de ciudadanos españoles.
La comparación entre una renta de 35.001 euros y una persona en situación irregular yuxtapone extremos para generar una falsa impresión de agravio comparativo.
Fuentes
PrimariaMinisterio de Sanidad - Nota de prensaSe incorporan nuevos topes máximos mensuales de aportación para los colectivos con una renta anual inferior a 35.000 euros, que hasta ahora no tenían.
PrimariaBOE - Real Decreto-ley 11/2026El modelo vigente de copago farmacéutico, configurado en torno a porcentajes de aportación vinculados a la renta y a la condición de asegurado.
SecundariaRTVEEsa cantidad asciende a 61,75 euros en las rentas de entre 18.000 y 35.000 euros. Por encima de esos ingresos no hay un límite mensual, solo se aplica el porcentaje correspondiente.
SecundariaMaldita.esSí, el Gobierno ha limitado a 8,23 euros mensuales el copago farmacéutico de los inmigrantes en situación irregular, los trabajadores con rentas inferiores a 17.999 euros.
SecundariaThe ObjectiveSanidad topa en solo 8,23 euros al mes el gasto farmacéutico de los inmigrantes irregulares. Los extranjeros sin residencia legal pagaban el 40% del precio de los fármacos.