Con el real decreto, una persona activa con renta anual de 18.001 euros deberá pagar el 45% del precio del medicamento, mientras que una persona en situación irregular pagará el 40%.
80% confianza
SanidadEspaña
Omisiones
El 45% se aplica a todas las personas en el tramo de renta 18.000-60.000 €, no exclusivamente a 'personas activas': el Real Decreto-ley no vincula ese porcentaje a la condición de activo, sino al nivel de renta.
El 40% no es exclusivo de personas en situación irregular: se aplica genéricamente a 'quienes no queden incluidos en los tramos anteriores', lo que abarca también a otros colectivos como mutualistas o personas sin datos de renta disponibles.
Para el grupo al 40% existe un tope máximo mensual de 8,23 €, lo que limita significativamente el gasto real, matizando la comparación directa de porcentajes.
El Real Decreto-ley 11/2026 introdujo también topes máximos de aportación mensual para la población activa con rentas inferiores a 35.000 €, lo que reduce el impacto efectivo del 45% para ese segmento.
En el sistema anterior (RD 16/2012), los activos con renta entre 18.000 y 100.000 € pagaban el 50%, por lo que el 45% supone en realidad una reducción de 5 puntos porcentuales, no un incremento.
Fuentes
SecundariaIberley45 % para rentas entre 18.000 y 60.000 euros; y 40 % para quienes no queden incluidos en los tramos anteriores.
SecundariaLaboral SocialTabla de tramos del RDL 11/2026: renta inferior a 18.000 € con copago del 10% y límite de 8,23 €; renta 18.000-59.999 € con copago del 10% y límite de 13,37 €; renta 60.000-99.999 € con copago del 10%.
SecundariaMaldita.esEl Gobierno ha limitado a 8,23 euros mensuales el copago farmacéutico para los inmigrantes en situación irregular, aplicándoseles el 40% del PVP del medicamento.
SecundariaMartín Parés AbogadosEl Real Decreto-ley 11/2026 establece un copago del 40% con tope máximo de 8,23 € al mes para el colectivo fuera de los tramos de renta ordinarios.