La normativa actual en España exige estar dado de alta en la Seguridad Social para realizar prácticas formativas en empresas.
95% confianza
EducaciónEspaña
Omisiones
La obligación de alta en Seguridad Social para prácticas formativas remuneradas ya existía desde 2019 (Real Decreto-ley 28/2018). La principal novedad desde el 1 de enero de 2024 es la extensión de esta obligación también a las prácticas no remuneradas.
La normativa cubre las prácticas formativas realizadas en el marco de programas de estudios oficiales (universitarios, FP, enseñanzas artísticas y deportivas), no necesariamente todo tipo de práctica formativa en empresas al margen de programas académicos reglados.
Fuentes
PrimariaSeguridad Social - Herramientas WebDesde el 1 de enero de 2024 los alumnos que realicen prácticas formativas, remuneradas o no, están incluidos en el sistema de la Seguridad Social.
PrimariaBOE - Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzoEl Real Decreto-ley 2/2023 introdujo la Disposición Adicional 52ª en la LGSS, estableciendo la inclusión obligatoria en el sistema de Seguridad Social de los alumnos que realicen prácticas formativas, con entrada en vigor el 1 de enero de 2024.