La sentencia del Tribunal Supremo del 14 de octubre de 2020 condenó a 29 personas por delitos como cohecho, falsedad documental, malversación, prevaricación, fraude, blanqueo de capitales, tráfico de influencias y delitos contra la Hacienda pública, y declaró al Partido Popular partícipe a título lucrativo.
Justicia y corrupciónEspaña
- Omisiones
- El Tribunal Supremo no impuso las condenas por primera vez, sino que confirmó en casación las condenas dictadas previamente por la Audiencia Nacional en la sentencia 20/2018 (Época I del caso Gürtel), con ligeros ajustes en algunas penas.
- De los 37 acusados iniciales en esta pieza, la Audiencia Nacional condenó a 29 y absolvió al resto; el Supremo ratificó esas 29 condenas.
- Fuentes
- PrimariaConsejo General del Poder Judicial (CGPJ)La Sala Segunda ratifica con ligeros ajustes las condenas para 29 acusados fijadas por la Audiencia Nacional y la responsabilidad civil a título lucrativo del Partido Popular.
- PrimariavLex EspañaSTS 507/2020, de 14 de octubre de 2020: Se sigue por delitos de asociación ilícita, continuado de prevaricación, malversación continuada de caudales públicos, fraude a las administraciones públicas, entre otros.
- SecundariaRTVEEl Supremo mantiene la condena al PP al pago de 245.492 euros como partícipe a título lucrativo por los actos electorales que sufragaron las empresas del grupo Correa.
- SecundariaNoticias JurídicasSentencia Gürtel: el Supremo confirma con ligeras variaciones las penas de prisión de los 29 acusados.