En 2012, se permitió aumentar el número de alumnos por aula hasta un 20% por encima del máximo legal.
95% confianza
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Omisiones
El aumento del 20% no era una medida universal ni automática: el artículo 2 del Real Decreto-ley 14/2012 lo condicionaba expresamente a que la tasa de reposición de efectivos fuese inferior al 50%, es decir, solo aplicaba en contextos de fuerte restricción del gasto público y limitación en la contratación de nuevo profesorado.
El artículo 2 del Real Decreto-ley 14/2012 fue derogado posteriormente por la Ley 4/2019, de 7 de marzo, de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria.
Fuentes
PrimariaBOE - Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abrilArtículo 2. Ratios de alumnos por aula: «Cuando, por razones de limitación del gasto público, la Ley de Presupuestos Generales del Estado no autorice una tasa de reposición de efectivos superior al 50 por 100, las Administraciones educativas podrán incrementar hasta un 20 por 100 el número máximo de alumnos establecido en el artículo 157.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.»
PrimariaBOE - Ley 4/2019, de 7 de marzoPreámbulo: «El Real Decreto-ley 14/2012 aprobó en su artículo 2 la posibilidad de elevación hasta en un 20 por 100 de las ratios máximas de alumnos por aula establecidas en el artículo 157.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.»
SecundariaEl País«Ante la escasez de docentes, el decreto de 2012 incluía un cambio legislativo que permitía a las comunidades autónomas aumentar hasta un 20% el número de alumnos por clase.»