En 2012, se permitió aumentar el número de alumnos por aula hasta un 20% por encima del máximo legal.
96% confianza
EducaciónEspaña
Omisiones
La medida estaba condicionada a que la tasa de reposición de efectivos fuese inferior al 50% (o al 10% en determinados supuestos), por lo que no era una autorización automática ni incondicional.
Era una posibilidad, no una obligación: correspondía a las Comunidades Autónomas decidir si aplicaban o no el incremento de ratios.
Este artículo 2 del Real Decreto-ley 14/2012 fue derogado en 2019 por la Ley 4/2019, de 7 de marzo, de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza.
Fuentes
PrimariaBOE - Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abrilArtículo 2. Ratios de alumnos por aula: «se podrá incrementar hasta un 20 por 100 el número máximo de alumnos establecido en el artículo 157.1.a) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación».
PrimariaBOE - Ley 4/2019, de 7 de marzoExposición de motivos: «el Real Decreto-ley 14/2012 aprobó en su artículo 2 la posibilidad de elevación hasta en un 20 por 100 de las ratios máximas de alumnos por aula establecidas en el artículo 157.1.a) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo».