El Real Decreto Ley 8/2021 estableció la posibilidad de participar y votar en juntas de propietarios por videoconferencia o conferencia telefónica múltiple durante el período comprendido entre el 9 de mayo y el 31 de diciembre de 2021.
95% confianza
ViviendaEspaña
Omisiones
El Real Decreto Ley 8/2021 fue publicado en el BOE el 5 de mayo de 2021, aunque su fecha de firma es el 4 de mayo de 2021.
La entrada en vigor de la mayoría de sus disposiciones fue el 9 de mayo de 2021, coincidiendo con el fin del estado de alarma.
Fuentes
PrimariaBOE - Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayoDisposición final séptima: El presente real decreto-ley entrará en vigor el 9 de mayo de 2021. Artículo 3: la junta de propietarios podrá celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple. Disposición transitoria única: La suspensión de obligaciones y plazos tendrá efectos hasta el 31 de diciembre de 2021.
SecundariaNoticias Jurídicas - Real Decreto-ley 8/2021El Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, establece que la junta de propietarios podrá celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple, siempre que todos los propietarios tengan acceso a la misma.
SecundariaLaboral-Social.com - Medidas del RDL 8/2021El Real Decreto-ley 8/2021 entró en vigor el 9 de mayo de 2021. Se permite que la junta de propietarios pueda celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple hasta el 31 de diciembre de 2021.