La suspensión de la devolución del gasóleo profesional de 4,9 céntimos está efectiva desde la entrada en vigor del Real Decreto 7/2026.
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TransporteEspaña
Omisiones
El Real Decreto-ley 7/2026 fue publicado en el BOE el 21 de marzo de 2026, por lo que su entrada en vigor fue ese mismo día o al día siguiente.
La suspensión de la devolución del gasóleo profesional está vinculada a la vigencia de la ayuda extraordinaria establecida en el mismo decreto, que tiene una duración temporal limitada hasta el 30 de junio de 2026.
Durante el período de vigencia de la ayuda extraordinaria, se establece una compensación alternativa de 0,20 euros por litro de gasóleo de uso general para ciertos colectivos del transporte.
Fuentes
PrimariaBOE.es - Real Decreto-ley 7/2026El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, establece medidas tributarias en materia de fiscalidad energética. Durante la vigencia de la ayuda extraordinaria, el tipo de la devolución del gasóleo profesional ordinario será de cero euros.
SecundariaEY - Alerta fiscal Real Decreto-ley 7/2026Durante la vigencia de la ayuda extraordinaria, el tipo de la devolución del gasóleo profesional ordinario será de cero euros.