La orden de extensión de la autorización de explotación de la central nuclear de Almaraz se limita a 31 meses para la unidad 1 y 19 meses para la unidad 2.
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Medio ambienteEspaña
Omisiones
La orden (BOE-A-2026-17756, Orden TED/864/2026, de 12 de agosto) fue publicada el 14 de agosto de 2026, antes de la fecha de la sesión (2026-09-09), por lo que la oradora disponía de la información.
El texto oficial matiza que la extensión es 'en torno a' 31 y 19 meses (el propio BOE y el MITECO emplean 'en torno a'/'alrededor de'), no cifras exactas cerradas.
La extensión está vinculada a una renovación de la autorización de explotación hasta el 8 de junio de 2030, en el marco del calendario de cierre del parque nuclear fijado en 2035.
Fuentes
PrimariaBOE — Orden TED/864/2026, de 12 de agostoLa extensión solicitada del periodo de explotación para las Unidades I y II de la Central Nuclear Almaraz se limita en torno a 31 y 19 meses...
SecundariaEl País'La extensión solicitada del periodo de explotación para las Unidades I y II de la Central Nuclear Almaraz se limita en torno a 31 y 19 meses...'