La garantía de indemnidad (que ningún trabajador pueda ser sancionado ni represaliado por retrasos o ausencias laborales) se incluye por primera vez en la legislación española publicada en el BOE.
Industria y trabajoEspaña
- Omisiones
- La garantía de indemnidad general contra sanciones laborales injustificadas ya existía en el artículo 52.1.d del Estatuto de los Trabajadores y en la jurisprudencia del Tribunal Supremo
- El decreto-ley se refiere específicamente a trabajadores afectados por el accidente ferroviario de Castelldefels, no a todos los trabajadores catalanes en general
- La novedad es la certificación específica de retrasos por Renfe para acreditar la causa justificada, no la indemnidad en sí misma
- El Real Decreto-ley 1/2026 fue publicado en el BOE el 28 de enero de 2026 (no el 27, que es la fecha del decreto)
- El período de referencia es enero de 2026, inmediatamente anterior a la sesión parlamentaria del 11 de febrero de 2026