La disposición adicional tercera de la LOMLOE de 2020 establecía un plazo de un año para planificar la extensión del primer ciclo de Educación Infantil.
95% confianza
EducaciónEspaña
Omisiones
La disposición no solo menciona la planificación, sino que específicamente exige elaborar un plan de ocho años de duración para la extensión gradual de la educación infantil, priorizando el primer ciclo.
El plazo de un año comenzaba a contar desde la entrada en vigor de la LOMLOE (29 de diciembre de 2020 o fecha posterior según disposiciones transitorias), no desde 2020 en general.
Se trata de una fuente primaria oficial (BOE) y documentos secundarios que reproducen el texto legal.
Fuentes
PrimariaBoletín Oficial del Estado (BOE) - Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE)Disposición adicional tercera: 'En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno, en colaboración con las administraciones educativas, elaborará un plan de ocho años de duración para la extensión gradual de la educación infantil, priorizando el primer ciclo de la misma, a fin de garantizar progresivamente una plaza pública y gratuita a todas las personas de dos a tres años.'
SecundariaASPESCL (Asociación de Profesores de Educación Infantil de Castilla y León)Disposición adicional tercera. Extensión de la educación infantil. En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno, en colaboración con las administraciones educativas, elaborará un plan de ocho años de duración...