Existe una prohibición de pesca con artes de fondo en 87 zonas del Atlántico.
85% confianza
Medio ambienteEuropa
Omisiones
El órgano jurisdiccional que emitió el fallo fue el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), no el TJUE propiamente dicho
La prohibición fue establecida originalmente por el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1614 de la Comisión Europea en septiembre de 2022
Las 87 zonas corresponden a áreas de la plataforma atlántica en profundidades entre 400 y 800 metros consideradas ecosistemas marinos vulnerables
España presentó recurso de casación ante el TJUE contra la sentencia del TGUE, por lo que la prohibición había sido impugnada por el Estado español
Las fuentes periodísticas (20minutos, Atlantico.net) son fuentes secundarias que citan la sentencia del TGUE
Fuentes
PrimariaEUR-Lex - Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1614Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1614 de la Comisión que determina zonas de pesca en aguas profundas existentes y establece la lista de zonas en las que se conoce la existencia de ecosistemas marinos vulnerables o existe la posibilidad de que existan
PrimariaMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentación de EspañaEl Reglamento de Ejecución 2022/1614 de la Comisión Europea prohíbe la pesca en 87 áreas de la plataforma atlántica en profundidades comprendidas entre 400 y 800 metros, consideradas como ecosistemas marinos vulnerables
Secundaria20minutos.esEl Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) avala en un fallo emitido ayer la prohibición a la pesca de fondo en 87 zonas de España, Francia, Portugal e Irlanda
SecundariaRede EsmarEl Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) avala la prohibición a la pesca de fondo en 87 zonas de España, Francia, Portugal e Irlanda por estimarse que podrían albergar Ecosistemas Marinos Vulnerables
SecundariaAtlantico.netEl cierre de 87 zonas a la pesca de fondo en aguas del Atlántico