Existe un retraso de más de dos años en la aplicación del Reglamento Europeo de Servicios Digitales desde su entrada en vigor hasta la fecha actual.
Industria y trabajoEspaña
- Omisiones
- El político no especifica a qué se refiere exactamente con 'retraso'. El DSA siguió el calendario de aplicación previsto en el propio reglamento (15 meses tras entrada en vigor para aplicación general).
- No se menciona que el DSA es un reglamento de aplicación directa, por lo que no requiere transposición legislativa nacional como una directiva.
- La aplicación para grandes plataformas (más de 45 millones de usuarios) comenzó en agosto de 2023, no en febrero de 2024.
- El período de 'retraso' al que se refiere el político no está definido con claridad: si es desde la entrada en vigor (noviembre 2022) serían más de 3 años, no 'más de dos'.