En España, actualmente, no existe ninguna sanción administrativa firme por terapias de conversión.
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La Ley 4/2023 (Ley Trans) entró en vigor el 2 de marzo de 2023, por lo que el régimen sancionador administrativo lleva apenas tres años en vigor, un plazo limitado para que los expedientes culminen en sanciones firmes.
El Ministerio de Igualdad ha abierto al menos un expediente para investigar una denuncia por terapias de conversión, lo que indica que hay procesos sancionadores en marcha, aunque no hayan alcanzado firmeza.
El mismo 25 de junio de 2026, fecha de la sesión, el Congreso de los Diputados aprobó la reforma del Código Penal para tipificar las terapias de conversión como delito con penas de hasta dos años de prisión, lo que refleja que el legislador ha considerado insuficiente la vía administrativa.
La verificación de una afirmación negativa ('no existe ninguna sanción') es inherentemente limitada: la ausencia de evidencia de sanciones en fuentes públicas no equivale a una certificación oficial de inexistencia.
PrimariaMinisterio de Igualdad - Sala de PrensaEl Ministerio de Igualdad ha decidido abrir un expediente para investigar la denuncia trasladada por la Asociación Española contra las Terapias de Conversión, lo que confirma que el procedimiento está en fase de instrucción, no de sanción firme.
SecundariaEl País - El Congreso avanza en la penalización de las falsas terapias de conversiónLa Comisión de Igualdad del Congreso aprobó el 17 de junio de 2026 tramitar la penalización de las terapias de conversión, lo que contextualiza que el régimen administrativo vigente desde 2023 no había producido sanciones efectivas que disuadieran la práctica.
TerciariaGayles.tvSiete leyes autonómicas y una estatal prohíben las terapias de conversión en España, pero todavía no ha habido ni una sola sanción.