El Tribunal Constitucional ha elevado el derecho al aborto a rango constitucional, vinculándolo al artículo 15 como parte del derecho a la integridad física y moral.
Justicia y corrupciónEspaña
- Omisiones
- La sentencia clave es la STC 44/2023 de 9 de mayo de 2023, no una doctrina gradual acumulada
- El Tribunal no 'elevó' el aborto a rango constitucional por primera vez, sino que reafirmó y reforzó su carácter de derecho fundamental ya reconocido en sentencias previas como la STC 53/1985
- La doctrina vincula el aborto al artículo 15 CE en su dimensión de 'derecho a la integridad física y moral' y también al libre desarrollo de la personalidad (art. 10.1 CE)
- La sentencia fue publicada en el BOE el 14 de junio de 2023
- Fuentes
- PrimariaBoletín Oficial del Estado - Sentencia 44/2023 del Tribunal ConstitucionalLa Sentencia 44/2023, de 9 de mayo, establece que el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo encuentra amparo en el artículo 15 CE, en su dimensión de 'derecho a la integridad física y moral', como manifestación de la dignidad de la persona y en conexión con el libre desarrollo de la personalidad
- PrimariaTribunal Constitucional de España - Nota de Prensa 32/2023El Pleno del Tribunal Constitucional considera que el sistema de plazos del aborto es conforme a la Constitución por cuanto reconoce a la mujer embarazada el ámbito razonable de autonomía para decidir sobre su proyecto de vida y su integridad física y moral
- PrimariaSistema HJ del Tribunal Constitucional - Resolución STC 44/2023Sentencia 44/2023, de 9 de mayo, sobre recurso de inconstitucionalidad contra disposiciones de la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo