El Real Decreto Ley no establece un tope cero para las rentas de alquiler.
95% confianza
ViviendaEspaña
Omisiones
El RDL 8/2026 establece un límite del 2%, no un tope cero del 0%.
La normativa fue rechazada en el Congreso el mismo día de la sesión (28 de abril de 2026), por lo que decayeron estas medidas.
La limitación del 2% era de aplicación preferente para grandes tenedores.
Fuentes
PrimariaBoletín Oficial del Estado (BOE) - Real Decreto-ley 8/2026El Real Decreto-ley 8/2026, de 20 de marzo, establece en su artículo 2 una limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de arrendamiento de vivienda al 2%, aplicable en todo caso cuando el arrendador sea gran tenedor.
SecundariaIdealistaEl Real Decreto-ley 8/2026 establecía la prórroga extraordinaria de alquileres y un tope del 2% en la actualización de rentas. El Congreso rechazó su convalidación el 28 de abril de 2026.
SecundariaIberleyEl Congreso rechazó la convalidación del RDL 8/2026, que contenía la prórroga extraordinaria de dos años y el límite del 2% a la actualización de rentas de alquiler.
SecundariaRocaJunyentEl Real Decreto-Ley 8/2026 estableció un límite del 2% en la actualización anual de la renta de alquiler de vivienda.