El Gobierno ha consolidado la prestación CUME hasta los 23 años para jóvenes que precisan cuidado directo y continuo.
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Política socialEspaña
Omisiones
El claim omite que la prestación CUME también puede extenderse hasta los 26 años si la persona acredita, antes de cumplir los 23, un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
La ampliación se introdujo mediante el Real Decreto 677/2023, de 18 de julio, que modificó el Real Decreto 1148/2011, y no fue una medida legislativa completamente nueva sino una modificación del desarrollo reglamentario existente.
Fuentes
PrimariaBOE - Real Decreto 1148/2011 (texto consolidado con modificaciones del RD 677/2023)No obstante, cumplidos los 18 años, se podrá reconocer la prestación hasta que el causante cumpla los 23 años en los supuestos de padecimiento de cáncer o enfermedad grave, cuando concurra la necesidad de cuidado directo, continuo y permanente acreditada en el correspondiente informe médico.
SecundariaRevista de la Seguridad SocialLa prestación económica se mantendrá hasta los 23 años de edad, que se podrá ampliar hasta los 26 si antes de alcanzar esa edad se acreditara, además, un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
SecundariaFraternidad-MuprespaSe mantendrá la prestación económica hasta los 23 años cuando, alcanzada la mayoría de edad, persistiera el padecimiento del cáncer o la enfermedad grave que requiera cuidado directo, continuo y permanente.