El Gobierno español tiene por mandato europeo la obligación de resolver la situación de centenares de miles de trabajadores públicos interinos en abuso de temporalidad
Industria y trabajoEspaña
- Omisiones
- El mandato europeo específico deriva de la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada y las sucesivas sentencias del TJUE que han declarado que España incumple dicha directiva por no sancionar adecuadamente el abuso de temporalidad. La última sentencia relevante es de junio de 2024.
- La cifra de 700.000 interinos incluye a todos los funcionarios interinos, no solo a los que estarían en situación de abuso de temporalidad según la definición estricta de la normativa europea (contratos sucesivos o prolongados indefinidamente).
- Fuentes
- SecundariaSEPMAEl empleo público en España registra un 32 % de temporalidad en 2025, muy por encima del límite europeo
- SecundariaEl PaísEl fallo cuestionaba la efectividad de las medidas que ha emprendido España para intentar atajar el abuso de la temporalidad pública
- TerciariaAPISCAM (cita Boletín Estadístico del Personal)Funcionarios interinos: 700.749 (698.767 eran a enero de 2025), de un total de 2.410.008 funcionarios (es decir, el 29,1% de temporalidad)
- TerciariaUCO - Comisiones Obreras Universidad de CórdobaEl ordenamiento jurídico español sigue sin ofrecer una respuesta suficientemente eficaz para prevenir y sancionar el abuso en la utilización de la contratación temporal en el empleo público, conforme a la Directiva 1999/70/CE
- TerciariaACALSL - AbogadosLa segunda, más matizada, es la sentencia TJUE de 13 de junio de 2024 (C-331/22 y 332/22) que establece que, dada la imprecisa dicción de la cláusula 5 del Acuerdo Marco, cabe admitir que los Estados miembros puedan sustituir la conversión a indefinido por sanciones proporcionadas