El artículo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, introducido por la ley de vivienda, permite al inquilino solicitar una prórroga extraordinaria de hasta tres años.
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Omisiones
La prórroga extraordinaria requiere que el arrendatario acredite una situación de vulnerabilidad social y económica sobre la vivienda que ostenta la condición de vivienda habitual
El artículo 10.4 LAU es el que regula específicamente esta prórroga extraordinaria en zonas tensionadas
La Ley 12/2023, de 20 de mayo, de medidas de respuesta a la situación derivada de la guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otros territorios afectados por catástrofes naturales, fue la que modificó el artículo 10 de la LAU para introducir esta figura
Las fuentes consultadas son de carácter divulgativo/informativo; para confirmación legal exacta se requeriría consulta directa del BOE